Más de 60.000 vascos votarán por correo este 28-M: ¿Cómo y cuándo solicitarlo?
El plazo para enviar la solicitud de voto por correo para las próximas elecciones comenzó el 4 de abril y finaliza el 18 de mayo
29 abril, 2023 05:00Noticias relacionadas
Una media del 4% de los vascos ejercerá su derecho a voto por correo; un porcentaje que ha ido creciendo con el paso de los años y que varía considerablemente dependiendo del lugar en el que uno está empadronado. Hace cuatro años, en las elecciones municipales de 2019, fueron 65.436 los vascos que votaron a distancia por estar fuera de su lugar de empadronamiento; y se espera que este año esta cifra incluso aumente.
Así, en las pasadas elecciones municipales, 9.959 alaveses votaron desde fuera de Euskadi; de ellos, 7.408 estaban censados en la capital vasca, un 9,92% de los votos totales. En Bizkaia, fueron 35.822 los que votaron de esta manera, de los que 12.275 -un 4,5% del total- lo hicieron desde Bilbao, 2.265 desde Barakaldo y 3.452 desde Getxo. Fueron 19.655 gipuzkoanos los que votaron a distancia en 2019, un tercio de ellos, 6.727, estaban empadronados en San Sebastián.
No es sencillo votar de esta manera, los tiempos y la burocracia condicionan el voto de muchos vascos que residen fuera de Euskadi. Es el caso de Irene, que vive temporalmente en Argentina y que, aunque le gustaría votar, el reloj juega en su contra. “Quería solicitar el voto por correo pero para eso tengo que ir a la embajada española en Buenos Aires y además, tengo que solicitar un visado que no sea el de turista, el de estudiante o trabajadora, por ejemplo; que me den un documento argentino y con eso poder solicitar el voto. Te pierdes en la burocracia, que además aquí va lenta”, explica.
¿Cómo y cuándo votar por correo?
El plazo para enviar la solicitud de voto por correo para las próximas elecciones comenzó el 4 de abril y finaliza el 18 de mayo, por lo que aún queda medio mes para poder realizar los trámites necesarios tanto si vives en España como en un país extranjero; aunque la forma de votar en ambos casos es diferente.
En el caso de los residentes en el propio país, el voto se deberá de solicitar por correo utilizando un impreso descargable en la web del Ministerio de Interior o disponible en Correos. Tras completarlo, este impreso deberá presentarse en cualquier oficina de Correos, donde el encargado de recibirla exigirá la presentación del documento original acreditativo de identidad y comprobará la coincidencia de la firma.
Tras este trámite, cada persona recibirá la documentación e instrucciones para votar por correo en el domicilio señalado en la solicitud presentada en Correos. Documentación e instrucciones que deberán llegar como fecha límite el 22 de mayo y que tendrán que ser recogidas por el propio solicitante en persona.
Por último, toda esta documentación -ya completada y con el voto en el interior- deberá ser llevada a una oficina de Correos y presentada como carta certificada, como tarde el 24 de mayo.
En el caso de los residentes en el extranjero, estos trámites son más arduos. Las persona que desee ejercer su derecho a voto deberá inscribirse como “no residente” en el Registro de Matrícula Consular de España más próximo a su domicilio temporal y presentar su solicitud de voto en el Consulado en el que figura como no residente utilizando un impreso descargable en la web del Ministerio de Interior o disponible en las Oficinas o Secciones Consulares, antes del 29 de abril.
Desde el 2 hasta el 8 de mayo, la persona podrá recibir la documentación e instrucciones para votar por correo en el domicilio en el extranjero señalado en la solicitud; tras rellenarlas, y con fecha límite el 24 de mayo, enviará su voto por correo certificado a la Mesa electoral. Trámites laboriosos para una persona, más aún si reside fuera de España, pero que están dispuestos a realizar muchos vascos con tal de votar en las próximas elecciones del 28 de mayo.