Una persona introduce su sobre con voto en una urna.

Una persona introduce su sobre con voto en una urna. Bizoo_n iStock

Política

Si cumples con estos requisitos no podrás votar en las elecciones de Euskadi 2024

Los votantes ya están preparados para votar este domingo entre las 9.00 horas y las 20.00 horas de la tarde. Aunque no todos los vascos podrán hacerlo.

19 abril, 2024 15:40

Las elecciones al parlamento vasco están a la vuelta de la esquina y 1.700.000 electores vascos tienen una cita en los colegios electorales el próximo 21 de abril. Unas elecciones muy decisivas para el futuro político vasco después de 12 años de mandato del jeltzale Iñigo Urkullu, y, también, muy reñidas, pues las encuestas exponen el resultado más ajustado de la historia vasca

La victoria se encuentra bailando entre EH Bildu o el PNV por poco margen, según ha recigido este mismo medio. Aunque otros sondeos, como el CIS, otorgan el triunfo a Bildu. Lo que está claro, según señalan todos los sondeos, es que los votos del próximo domingo dejarán el Parlamento vasco "más nacionalista de la historia", pues más de un 70% de los escaños derivarán de partidos soberanistas

Quiénes no pueden votar 

La tensión y los nervios se palpan en el aire. Los votantes ya están preparados para acudir a votar este domingo entre las 9.00 horas y las 20.00 horas de la tarde en una de las 2.695 mesas electorales repartidas en 724 locales, según indica el Instituto Nacional de Estadística (INE). Aunque no todos los vascos podrán hacerlo. 

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Para votar en las elecciones vascas hay que cumplir con una serie de requisitos. Uno de ellos es el llevar el DNI, carnet de conducir o pasaporte. Se podrá ejercer el derecho a voto aunque estos estén caducados si se presenta el documento original. Por otra parte, es necesario estar empadronado en el País Vasco y ser mayor de edad.

Quienes vivan de manera permanente en el extranjero y se encuentren dentro los residentes permanentes en el extranjero (CERA) podrán hacerlo siempre y cuando estén inscritos. Por último, aquellos condenados por sentencia firme a la pena principal de privación del derecho a voto mientras cumplen la condena tampoco podrán depositar su papeleta en las urnas. 

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Cómo librarse de la mesa electoral

Los nervios no solo los tienen quienes acudirán a votar, sino los que les toca estar al frente de la mesa. Sin embargo, existe una serie de excepciones por las que se puede no acudir. El Boletín Oficial del Estado (BOE), en la Instrucción 7/2023 de la Junta Electoral Central, de 28 de junio, expone que se pueden librar aquellos que

  • Sean mayores de 65 años y menores de 70. Las personas con más de 70 años quedan excluidos del sorteo de forma automática
  • Quienes se encuentren en prisión
  • Quienes estén en un hospital psiquiátrico
  • Aquellos que necesiten someterse a una operación o prueba médica
  • Aquellos que celebren un evento familiar especial
  • Quienes se encuentren embarazadas de más de seis meses
  • Quienes tengan una discapacidad o incapacidad laboral
  • Aquellos que son bomberos, médicos, sanitarios, trabajadores de protección civil, y etc, que necesiten prestar servicios esenciales durante la jornada electoral
  • Aquellos que son directores de un medio de comunicación y necesiten dar información importante durante la jornada
  • Quienes tengan que prestar servicios esenciales del juzgado o de la Administración Pública el día de la votación
  • Aquellos que tengan que trabajar en un acto público durante el día de las elecciones
  • Quienes estén a cargo de un hijo menor de 8 años o de un familiar durante la jornada
  • Quienes sean madres o padres de menores de catorce años y acrediten que el otro padre o madre no puede hacerse cargo del menor durante la jornada electoral